Las operaciones a las que afecta el E-reporting son las siguientes :
Para contrarrestar el fraude al IVA existente en Francia desde hace muchos años, el Estado francés ha decidido poner en marcha una nueva regulación destinada a controlar mejor la facturación de las empresas. En la Ley de finanzas 2024-2026, el estado ha implementado el e-invoicing así como el e-reporting.
La facturación electrónica o la desmaterialización de las facturas – una cuestión clave – permitirá a los diferentes tipos de empresas (GE, ETI, PME/TPE) no sólo enviar facturas electrónicamente durante un intercambio comercial, sino también transferir un informe de sus transacciones entre sujetos pasivos del IVA a las instituciones fiscales.
En Francia, a partir del 1ᵉʳ de septiembre de 2026, la recepción de facturas electrónicas será obligatoria en Francia para las grandes empresas y las empresas de tamaño intermedio (ETI). Para las pequeñas y medianas empresas (PYME), las empresas muy pequeñas (MPE) y las microempresas, esta obligación comenzará el 1ᵉʳ de septiembre de 2027. Debe prepararse para la entrada en vigor de la Ley de Finanzas 2024-2026 para estar en conformidad con los nuevos requisitos.
Anticípese a esta evolución y prepárese para compartir con el Estado, de manera sencilla, los datos relativos a sus intercambios comerciales con sus socios, proveedores y clientes. ARTÉVA puede ayudarle a establecer una solución eficaz de declaración electrónica. Opte ahora por nuestra solución de declaración electrónica, una potente herramienta para transmitir a la administración fiscal los datos de sus transacciones comerciales.
Si su empresa está sujeta al IVA y realiza adquisiciones intracomunitarias, exportaciones u operaciones con consumidores finales (B2C), necesitará poder transmitir sus datos a las autoridades fiscales a través de una plataforma pública u otro programa informático asociado. De este modo, las autoridades fiscales podrán hacer un seguimiento de las transacciones realizadas por su empresa. Es importante prepararse ya para este cambio, y ARTEVA puede ayudarle.
Las empresas del sector privado sujetas al IVA tendrán que compartir con la Administración los datos de sus transacciones comerciales. Cualquier empresa en Francia que realice adquisiciones intracomunitarias, exportaciones u operaciones con consumidores finales (BtoC) tendrá que enviar los datos de pago de sus facturas a Hacienda según el siguiente calendario:
Las operaciones a las que afecta el E-reporting son las siguientes :
De manera más general, todas las operaciones de venta que no entran en el ámbito de aplicación de la facturación electrónica.
La declaración electrónica consiste en transmitir todos los datos de sus transacciones comerciales a los organismos responsables de la administración fiscal. Como empresa, tiene cuatro opciones para transmitir sus datos :
Si dispone de un software de caja, puede enviar tickets Z en formato desmaterializado y estructurado. También conocidos como recibos de caja, este tipo de ticket contiene toda la información relativa a cada transacción comercial realizada.
Si ya transmite todos sus datos comerciales B2B a través de una plataforma pública o PDP como ORCHESTRADE, podrá comunicar los datos de sus transacciones a través del mismo canal sin tener que enviar facturas a sus clientes.
Si aún no dispone de un programa de caja registradora o de un sistema de facturación electrónica, existe una solución. Puede transmitir información sobre sus transacciones comerciales con empresas o particulares. Todo lo que tiene que hacer es introducir o enviar un resumen que contenga todos los datos esenciales. Este documento debe incluir el importe de las transacciones y el IVA correspondiente, durante un periodo semanal o mensual. Sin embargo, si desea estar en orden rápidamente y optimizar el tratamiento y la transmisión de sus facturas, se recomienda otro enfoque. Por tanto, es esencial integrar un servicio completo de desmaterialización en su estrategia de facturación. Esto es precisamente lo que ofrece Artéva con su servicio ORCHESTRADE PDP, que garantiza un proceso más fluido y eficaz.
A través de esta FAQ, explore todas las preguntas esenciales que le guiarán por el universo del E-Reporting.
Para saber si una operación debe estar sujeta a facturación electrónica (e-invoicing) o transmisión de información a la administración (e-reporting), se deben analizar dos criterios esenciales: el lugar de establecimiento de las partes y la territorialidad del IVA. En primer lugar, es importante identificar dónde se encuentran el cliente y el proveedor. Si ambas partes están ubicadas en Francia, la transacción entra dentro del ámbito de la facturación electrónica en facturación electrónica. Por otro lado, si una de las partes se encuentra en el extranjero (UE o no UE), la transacción estará sujeta a e-reporting, porque no puede procesarse en el marco de la facturación electrónica obligatoria. Entonces es necesario comprobar la territorialidad del IVA. La facturación electrónica sólo se aplica a las transacciones B2B nacionales, es decir, entre empresas sujetas al IVA en Francia. Por el contrario, los informes electrónicos se refieren a transacciones B2C, intercambios con empresas extranjeras, así como a determinadas operaciones exentas que no entran en el ámbito de la facturación electrónica. En resumen, la facturación electrónica en facturación electrónica sólo se refiere a transacciones entre sujetos pasivos establecidos en Francia y sujetos a las normas fiscales francesas. El e-reporting, por su parte, se aplica a operaciones fuera del ámbito de la facturación electrónica, como las ventas a particulares, las exportaciones y las adquisiciones intracomunitarias.
Todas las empresas sujetas al IVA y establecidas en Francia están afectadas por la declaración electrónica cuando realizan operaciones fuera del ámbito de la facturación electrónica, en particular: - Ventas y servicios a clientes particulares (B2C). - Transacciones con empresas extranjeras (UE y no UE). - Determinadas operaciones situadas en Francia y sujetas al IVA (artículo 290 del CGI). ¿Se ven afectadas las empresas extranjeras? Sí, determinadas empresas extranjeras no establecidas en Francia pueden estar sujetas a la declaración electrónica si realizan transacciones sujetas a impuestos en Francia. ¿Qué operaciones están excluidas? Las operaciones exentas de IVA según los artículos 261 y 261 E del CGI no se ven afectadas por la declaración electrónica.
La presentación de informes electrónicos es una obligación fiscal que obliga a las empresas a transmitir cierta información a la administración cuando una transacción no entra dentro de la facturación electrónica en la facturación electrónica. Su objetivo es mejorar la transparencia y facilitar el seguimiento de las operaciones sujetas al IVA. Esta obligación afecta a varios tipos de transacciones. En primer lugar, las ventas y servicios realizados a particulares (B2C), que no están cubiertos por la facturación electrónica entre empresas. Luego, las ventas con empresas extranjeras, ya sean establecidas en la Unión Europea o fuera de la UE, también las compras realizadas a proveedores establecidos en la Unión Europea. También se refieren a las operaciones consideradas situadas en Francia y sujetas al IVA, realizadas por empresas no establecidas en el territorio francés, así como a los pagos por servicios prestados cuando el IVA se devenga en el momento de su cobro. Los informes electrónicos complementan la facturación electrónica al permitir a la administración recopilar los datos necesarios para garantizar un mejor seguimiento fiscal. También contribuirá a la automatización de la prellenación de las declaraciones de IVA, ahorrando así tiempo y simplificación administrativa a las empresas.
Los procedimientos de facturación no cambiarán con la introducción de la facturación electrónica. No hay ningún plazo específico para la presentación de facturas electrónicas. Las empresas registradas a efectos del IVA deben seguir emitiendo y enviando sus facturas cuando sea necesario, de acuerdo con los plazos habituales vinculados a sus obligaciones comerciales y fiscales. Sin embargo, las facturas electrónicas deberán enviarse a través de una Plataforma de Desmaterialización de Socios (PDP), que garantizará que cumplen los requisitos reglamentarios y se envían en un plazo máximo de 24 horas.
La desmaterialización de las facturas representa una verdadera oportunidad de ahorro para las empresas. Para calcular el retorno de la inversión (ROI), es esencial comenzar con una estimación precisa de los costos asociados con las facturas en papel, incluyendo la creación, edición, envío, franqueo y archivado. En segundo lugar, estos costes deben compararse con los de las facturas electrónicas, teniendo en cuenta las ventajas significativas como la rapidez de transmisión, el acceso simplificado a los documentos originales y duplicados, así como la trazabilidad completa de las transacciones.
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